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martes, 19 de abril de 2011

Diferencias entre impuestos, tasas y contribuciones

A.     Introducción
En el presente escrito se busca establecer la conceptualización y diferencias entre impuestos, tasas y contribuciones, todos ellos tributos, en el ámbito de la regulación existente y la práctica en la Republica Bolivariana de Venezuela.

B.    Desarrollo
Para dar contexto al escrito se presentaran las siguientes definiciones y clasificaciones, ubicadas en la bibliografía utilizada:
Tributos: están representados por las prestaciones en dinero que el estado en su totalidad, exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. Así mismo, se definen como las prestaciones pecuniarias que el estado, o un ente público autorizado al efecto por aquél, en virtud de su soberanía territorial; exige de sujetos económicos sometidos a la misma. Se puede terminar indicando que el término tributo es de carácter genérico y ello significa: todo pago o erogación que deben cumplir los sujetos pasivos de la relación tributaria, en virtud de una ley formalmente sancionada, pero originada de un acto imperante, obligatorio y unilateral, creada por el estado en uso de su potestad y soberanía.
Existen los siguientes tipos de tributos de acuerdo con las doctrinas existentes: Impuesto, Tasa y Contribuciones Especiales.
Impuesto: Obligación pecuniaria, que deben cumplir los contribuyentes sujetos a una disposición legal, por un hecho económico realizado sin que medie una contraprestación recíproca por parte del estado perfectamente identificado con la partida tributaria obligada. Ejemplo: Impuesto Sobre La Renta (ISRL), Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros.
Tipos de impuestos:
  • Según el hecho generador o hecho imponible, los impuestos pueden ser: sobre el patrimonio (incide sobre la riqueza acumulada por la persona, esto es, su monto de capital; sobre la renta global de una persona obtenida en un período determinado; sobre la traslación del patrimonio (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos) y sobre el Valor Agregado (IVA).
  •  De acuerdo con la posibilidad de traslación o no del impuesto, los impuestos pueden ser: directos e indirectos.
  • De acuerdo con el tipo de tasa impositiva, los impuestos pueden ser: proporcionales y progresivos
  •  Según se tome o no en cuenta las características personales del contribuyente, los impuestos pueden ser: reales y personales.
Tasa: Proviene imperativamente en relación con algún servicio público reservado al estado, y que a diferencia del concepto de impuesto, si se identifican la partida  y la contrapartida de la vinculación tributaria. Por ejemplo: Timbre Fiscal, Registro Público, Arancel de Aduana, Arancel Judicial, Tasa Aeroportuaria.
Tipos de tasas:
  • Por la prestación de servicios públicos, Ejemplos: Abastecimiento de agua potable y servicio de aseo domiciliario.
  •  Tasas judiciales, entre las cuales se encuentran las de jurisdicción civil contenciosa (Ejemplo: por juicios civiles); las de jurisdicción civil voluntarias (Ejemplo: por juicios sucesorios) y las de jurisdicción penal (Ejemplo: por procesos de derecho penal común).
  • Tasas por poder de policía administrativa (Ejemplo: Por otorgamiento de licencias y autorizaciones).
Contribuciones Especiales: Por su fisonomía jurídica particular se ubican en situación intermedia entre los impuestos y las tasas. Esta categoría comprende gravámenes de diversa naturaleza definiéndose como los tributos obligatorios debidos en razón de beneficios individuales o de grupos sociales derivados de la realización de obras, o gastos públicos, o especiales actividades del Estado. Está destinado a financiar el costo de alguna actividad estatal, sea un servicio de previsión social  con la contraprestación de obtener un beneficio, generalmente de obras públicas. Dentro de este grupo están algunas que son denominadas como Ingresos Parafiscales, considerados como una categoría intermedia entre impuestos y tasas, que actúan como un recurso que se obtiene por el pago que hacen los usuarios de un servicio público determinado y con aportes del propio estado, a fin de hacer posible el autofinanciamiento de algún organismo estatal cuya existencia y servicio interesa a la ciudadanía. Por ejemplo: Seguro Social Obligatorio, Seguro de Paro Forzoso, INCES, FAOV, entre otros
Tipos de Contribuciones Especiales:
  • Contribución por mejoras: son las que se causan por la ejecución de obras públicas o prestación de un determinado servicio público de evidente interés colectivo, siempre que, como consecuencia de esas obras o servicios, resulten especialmente beneficiadas determinadas propiedades.
  • Contribuciones de seguridad social: denominadas también parafiscalidad, están a cargo de patronos y trabajadores y cuya recaudación se destina a la financiación de servicios de previsión y asistencia social.
A continuación se presenta un cuadro de los diferentes poderes públicos presentes en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBdV) y los tributos que están facultados para aplicar, así como algunos de aplicación práctica no necesariamente manifiestos de forma expresa; como fuente de ingresos de cada uno de ellos:
Poderes y sus Tributos
Impuestos
Tasas
Contribuciones Especiales



















Poder Nacional
§ Impuesto sobre la renta.
§ Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.
§ Impuesto la producción, el valor agregado.
§ Impuesto sobre los hidrocarburos y minas.
§ Impuesto sobre los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios.
§ Impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco.
§ Impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias.
§ Demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.
§ Impuesto al Debito Bancario
§ Impuesto sobre la Transacciones Financieras
§ Timbres Fiscales
§ Servicios aduanales
§ Servicios de registros inmobiliarios
§ Servicios de registros de notarias
§ Licencias de importación y exportación
§ Servicios de Identificación.
§ Servicios consulares
§ Servicios postales
§ Tasa de aviación civil
§ Tasa de actividad de navegación marítima
§ Porte de Armas
§ Permiso de cacería
§ Uso de puertos nacionales
§ Seguro Social Obligatorio (SSO)
§ Seguro de Paro Forzoso
§ Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV)
§ Instituto Nacional de Capacitación de Educación Socialista (INCES)
§ Servicio de telecomunicaciones con fines de lucro
§ Matriculas Universidades Publicas




Poder Estatal
§ Conferidos por Leyes Nacionales
§  Papel sellado
§  Timbres Fiscales
§  Estampillas
§  Uso de Bienes y Servicios
§  Multas y Sanciones
§ Conferidos por Leyes Nacionales












Poder Municipal
§ Impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar.
§ Impuesto sobre inmuebles urbanos.
§ Impuesto sobre vehículos
§ Impuesto sobre espectáculos Públicos.
§ Impuesto sobre juegos y apuestas lícitas
§ Impuesto sobre propaganda y publicidad comercial
§ Impuesto territorial rural o sobre predios rurales
§ Otros que Determine la Ley
§  Uso de sus bienes o servicios (Aseo y Agua).
§  Administrativas por licencias o autorizaciones.
§ Contribución especial sobre plusvalías de las propiedades generadas por cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento

Seguidamente y como producto de lo antes indicado, se pueden reflejar en el cuadro que sigue, las diferencias conceptuales de aplicación de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, siendo todos de naturaleza tributaria, con lo cual se da respuesta firme a la intención de desarrollo de este trabajo:


Diferencias
Impuestos
Tasas
Contribuciones Especiales
§  Está orientada por el pago de un tributo como producto de una actividad económica o social sujeta a Leyes que la regulan.
§  No está amarrado a recibir un retribución individual por el tributo pagado.
§  El hecho que lo genera es el gasto publico
§  Se destino es para las necesidades colectivas del ente que la emite
§  No se identifica la partida  y la contrapartida de la vinculación tributaria
§  No dispone de una regulación por la condición individual del sujeto que lo paga, es indistinta de esa condición.
§  Está orientada por el pago de tributos en virtud de un servicio o retribución que se entrega a cambio.
§  El hecho que lo genera es el goce de un servicio público.
§  Su destino es para el mantenimiento del servicio otorgado en contraprestación.
§  Se identifica la partida  y la contrapartida de la vinculación tributaria.
§ El pago del tributo está orientado a tributos de orden legal de acuerdo con la condición que le otorga al pagador del mismo la ley, los cuales pueden ser diferentes.
§ El pago de este tipo de tributo está atado a la recepción inmediata o futura de posibles retribuciones.
§ El hecho que lo genera es el recibimiento de un beneficio.
§ Su destino es para el financiamiento de la actividad social del ente receptor.
§ Se identifica la partida  y la contrapartida de la vinculación tributaria.

C.    Conclusión
Los impuestos, tasas y contribuciones especiales, son todos tributos con destinos y fines.
Para el caso de la Republica Bolivariana de Venezuela, su aplicación está orientada desde la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBdV) y regulada por el Código Orgánico Tributario (COT).

D.    Recomendaciones
El tema tributario requiere una amplia claridad de conocimiento técnicos en las materias legales y de operación financiera, por lo cual se recomienda siempre asesorarse por especialistas en la materia, especialmente en la relacionado con los impuestos por desarrollos económicos.

E.     Bibliografía
Trabajo Desarrollado como parte de los trabajos de entrega para el Diplomado de Gerencia Financiera realizado en la Universidad Rafael Belloso Chacin (URBE)

9 comentarios:

  1. que averiguen mas en esta pagina porque les ayuda

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  2. Me podrían ayudar con la diferencia de las contribuciones de mejoras y las contribuciones sociales?

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    Respuestas
    1. Buenas Tardes, Las contribuciones de mejora, son generadas legalmente para el apoyo de proyectos de obras nuevas o remodelaciones que se orienten a la beneficencia de una sociedad especifica, es una Contribución especial. Las Contribuciones de seguridad social: denominadas también parafiscales (llamados erradamente impuestos parafiscales), son pagados por las empresas en nombre de sus trabajadores, así como por los propios trabajadores, pasando a forma parte de sistemas de asistencia social. En Venezuela, son Seguro Social Obligatorio (Pension de Vejez), Régimen prestacional de Empleo (cubre trabajadores sin trabajo formal), FAOV (para el aporte a la Ley de Política Habitacional que ofrece interés bajos para la compra de vivienda),entre otros.
      Ahora Bien,en su pregunta utiliza la expresión "contribuciones sociales", según mi opinión esto no esta relacionada con la legislación, esta orientada al concepto de responsabilidad social empresarial que cada empresa debe practicar para el desarrollo integral de la sociedad.

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  3. Me pondrían decir 5 diferencias y 5 semejanzas entre Impuesto Sobre La Renta e Impuesto Sobre Sucesiones!!

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  4. Buenas tardes, gracias por su consulta. No me atrevo a desarrollar cinco diferencias entre uno y otro. Considero que El Impuesto Sobre La Renta se concreta en tributar la actividad economica de una empresa, e Impuesto Sobre Sucesiones se concreta en tributar las herencias al fallecimiento de personas, es decir lo que se debe pagar al fisco nacional por la herencia recibida.

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  5. todos debemos contribuir a un fondo destinado a la salud, la educacion, las guarderias y los talleres de capacitación.
    En México, hubo una época en la que las clínicas y hospitales del ISSTE, destinaron parte de las contribuciones a la instalación de tiendas y farmacias para los trabajadores, con alimentos, ropa, muebles y hasta aparatos eléctricos, y hubo ganancias suficientes para contratar a los ambulantes que sabian de electricidad, plomeria, construcción, pintura, carpintería, etc. y se hicieron casas y condominios para los trabajadores.
    Con organización y buena voluntad, se pueden resolver muchos problemas y ayudar a los trabajadores.

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  6. Muchísimas Gracias, estoy totalmente de acuerdo con su comentario, excelente. Espero que siempre estas practicas de desarrollo se emulen por todo los paises

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  7. me podrian explicar la clasificacion de impuestos ,tributos y tasas

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