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martes, 19 de abril de 2011

Ley de Ilícitos Bancarios 2010 y sus implicaciones en el Mercado de Capitales (Ámbito Venezuela)

A.     Introducción
En el marco de la Reforma de la a Ley de Ilícitos Bancarios del 2010, se busca ahondar en los efectos de la misma sobre el mercado de capitales de forma particular, dejando claro que por ser un tema de orden holístico, se puede cometer la imprudencia de obviar temas circundantes por desconocimiento.

B.    Desarrollo
En primer lugar se hace referencia a los aspectos de la Reforma de la Ley de Ilícitos Bancarios publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.975 de fecha 17 de mayo de 2010, que incluyen aspectos relativos al Mercado de Capitales:
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer los supuestos de hecho que constituyen ilícitos cambiarios y sus respectivas sanciones.
Artículo 2. A los efectos de esta Ley, se entenderá por:
1. Divisa: Expresión de dinero en moneda metálica, billetes de bancos, cheques bancarios y cualquier modalidad, distinta al bolívar, entendido éste como la moneda de curso legal en la República Bolivariana de Venezuela, así como también títulos valores que estén denominados en moneda extranjera o puedan ser liquidados en moneda extranjera…….
5. Autoridad Administrativa Sancionatoria en Materia Cambiaria: Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de finanzas, a través de la Dirección General de Inspección y Fiscalización y la Comisión Nacional de Valores, para lo que respecta a las operaciones realizadas con títulos valores.
De esta revisión se puede identificar de forma clara que los títulos valores en moneda extranjera, son ahora regidos en cuanto a su negociación por el Banco Central de Venezuela y adquieren un carácter de manejo del mercado cambiario siendo un instrumento de negociación del mercado de capitales, por definición.
También se debe acotar que la entrada de esta Reforma de la Ley requirió que el Banco Central de Venezuela (BCV), emitiera una norma de operaciones para el proceso de negociación de los bonos en moneda extranjera, el cual se denomina “INSTRUCTIVO PARA REALIZAR OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE TÍTULOS A TRAVES DEL SISTEMA DE TRANSACCIONES CON TÍTULOS EN MONEDA EXTRANJERA (SITME)”, el mismo se remitirá como anexo al presente trabajo. Así mismo, se anexa al trabajo otro archivo que representa gráficamente como es el proceso de negociación del los títulos valores según el instructivo indicado.
Seguidamente se presentan una serie de informaciones y declaraciones que se encontraron con relación al tema de la reforma de esta ley y las consideraciones y acciones que se buscan lograr con la misma.
Según lo referido en http://www.eluniversal.com.ve/2010/05/18/eco_ava_entra-en-vigencia-re_18A3890015.shtml, La nueva herramienta legal otorga al Ministerio de Finanzas la supervisión, a través de la Dirección General de Inspección y Fiscalización y la Comisión Nacional de Valores, de las operaciones realizadas con títulos valores. Da competencia exclusiva al Banco Central de Venezuela la venta y compra de divisas por cualquier monto. Ahora el ente emisor decidirá las instituciones financieras que participarán en el mercado. La actividad de las casas de bolsa sólo serán permitidas a través de un corro cerrado. Quien contravenga esta normativa está cometiendo un ilícito cambiario y será sancionado con multa del doble del monto de la operación o su equivalente en bolívares.
Según, http://www.canaldenoticia.com/sancionada-ley-de-ilicitos-cambiarios, se destacan las siguientes consideraciones de la reforma:
El diputado Juan José Molina dijo que la reforma deteriorará los mecanismos utilizados en el mercado cambiario. “Se va a generar un mercado negro de dólar que no va a poder ser controlado por esta legislación”, dijo……
“El Estado quiere (…) ejercer un fuerte control sobre la acumulación del dinero del bolívar a través del mecanismo que se quiere imponer con el control de cambio”, denunció…….
El presidente de la Comisión de Finanzas, diputado Ricardo Sanguino, aseguró que esta ley permitirá al BCV y al Gobierno controlar el precio del dólar permuta. “Los enemigos del pueblo son los que pueden estar en contra de esto”, dijo……. que la reforma quiere llegar a la “transparencia” en la otorgación de divisas.
Por su parte, la diputada Pastora Medina rechazó la ley por considerar que es "punitiva"………….. La reforma a la Ley Contra Ilícitos cambiarios limitaría la actuación de las casas de bolsa en el mercado cambiario.
Según, http://www.7medios.com/index.php/2010/05/11/reforma-de-ley-de-ilicitos-cambiarios-restringe-transacciones-de-casas-de-bolsa/, la reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios, que contempla aprobar este martes en primera discusión la Asamblea Nacional (AN), restringe transacciones con divisas y títulos valores de las casas de bolsa, indicó el presidente de la Comisión de Finanzas del Parlamento, Ricardo Sanguino. Explicó que el Banco Central de Venezuela (BCV) tiene la exclusividad de la compra y venta de divisas, y apuntó que ahora incluyeron también que aquellas operaciones con bonos sean de la venta exclusiva del ente emisor. “Actualmente dice que es competencia del BCV con la participación de las casas de bolsa. Eso lo eliminamos”, añadió.
Acotó el diputado que, sin embargo, queda a facultad del Banco Central poder asignar algunas transacciones para los operadores cambiarios, pero esto sería en un corro cerrado, supervisado por el instituto emisor, donde todos vean las transacciones.
“Esta es una actividad exclusiva del capitalismo. Nosotros vamos a la construcción de un sistema distinto. Esta parte no corresponde a lo que queremos construir. Sin embargo, no las estamos cerrando de manera inmediata sino que estamos dando la oportunidad de que se incorporen y trabajen en función del beneficio del país”, expresó.
Según http://www.minci.gob.ve/noticias/1/199161/%5Cley_de_ilicitos.html, señaló Rodríguez Cabezas, "Ley de Ilícitos Cambiarios destruirá la especulación en mercado paralelo", Cabezas aseguró que las acciones que va a tomar directamente el Banco Central de Venezuela (BCV), se harán de forma soberana. "El partido respalda que el Estado venezolano, frente a las circunstancia de grandes distorsiones especulativas del mercado permuta actúen", manifestó Cabezas.
Según http://www.eluniversal.com.ve/2010/05/18/eco_ava_entra-en-vigencia-re_18A3890015.shtml, La nueva herramienta legal otorga al Ministerio de Finanzas la supervisión, a través de la Dirección General de Inspección y Fiscalización y la Comisión Nacional de Valores, de las operaciones realizadas con títulos valores. Da competencia exclusiva al Banco Central de Venezuela la venta y compra de divisas por cualquier monto. Ahora el ente emisor decidirá las instituciones financieras que participarán en el mercado. La actividad de las casas de bolsa sólo serán permitidas a través de un corro cerrado. Quien contravenga esta normativa está cometiendo un ilícito cambiario y será sancionado con multa del doble del monto de la operación o su equivalente en bolívares. Los organismos públicos o privados, están obligados a prestar colaboración a la administración de justicia en el procesamiento de los casos que se deriven de la aplicación de la presente Ley.
Después de revisados los principales aspectos de la referida reforma, el instructivo de regulación de negociaciones del Banco Central de Venezuela, así como los comentarios de los diferentes actores públicos y privados del país se presentan las siguientes consideraciones:
La política cambiaria del país está presentando un comportamiento y  estructura de mucha incertidumbre, porque no se ha logrado estabilizar un régimen de cambio creíble y perdurable en el tiempo, que permita una verdadera planificación de la economía global e individual del país en general, con horizontes de corto, mediano y largo plazo.
La emisión de los bonos cambiarios como una opción visualizada en el pasado para dar libertad de negociación en moneda extranjera, de manera directa por las empresas a través de la compra en bolívares o dólares y la cual se regía por las condiciones del mercado de capitales, que busco un alivio a la intermediación tardía o por falta de dólares oficiales que presentaba CADIVI, presento movimientos que afectaron el valor del bolívar versus el dólar y por ende inestabilidad de la tasa de cambio.
Por supuesto, lo anterior no es producto exclusivo de esa acción, el sistema financiero y económico del país es global y el mismo debe contar con políticas monetarias, económicas y fiscales hilvanadas entre ellas para que el mercado en general pueda funcionar de manera adecuada.
También es cierto que el hecho de que se regule esta actividad de negociación de los Títulos Valores en moneda extranjera a través del Banco Central de Venezuela, pueda generar un mejor control de la situación y evitar su uso para situaciones fraudulentas en el entendido que esta institución no sea manejada por manos especuladoras y fuera de procedimientos éticos y morales.
Para ir cerrando la intervención y quizás apuntar a la pregunta de investigación de este trabajo, se evidencia que el mercado de capitales pierde uno de sus principales actores de la actualidad como lo era la negociación de bonos o títulos valores en moneda extranjera, por lo tanto el flujo de dinero que se manejaba en el mismo se ve de manera clara afectada y debilitada, pudiendo implicar de forma directa el cierre de casas de bolsa que se habían generado sobre la base dependiente de este instrumento. Según el periódico El Mundo Economía y Negocios del miércoles 19.05.2010, en su página 19, se encuentra la siguiente información: “Ahora el negocio de estas operadoras queda restringido a papeles de renta fija del sector privado lo que actualmente representa únicamente 10% de sus ingresos”.
De igual forma, el mercado de capitales ve mermado el portafolio de productos que ofrecía y se debe reestructurar ofreciendo nuevas alternativas a los inversionistas y requirente de flujo de dinero que van hacia este mercado, acotando en este aspecto que también el mercado de capitales de comercialización de instrumentos de renta variable se vio afectado por la salida de sus principales actores con la nacionalización estatización de la Electricidad de Caracas y CANTV. Sobreviran a esta situación las empresas de vieja data y nueva data, cuya dependencia del bono cambiario sea solo una porción relativa de su negocio.
Otro aspecto de esta modificación de la ley y su efecto en el mercado de capitales, es que aquellas casas de bolsa (operadoras) que habían generado puestos de trabajo para cubrir las demandas de procesos humanos en las negociaciones de estos bonos cambiarios denominados en bolívares y dólares, deberán salir de este personal y por ende se generara una situación de desempleo en esta área. Según el periódico El Mundo Economía y Negocios del miércoles 19.05.2010, en su página 19, citado con anterioridad indica que sector está conformado por 94 empresas y que por lo menos unas 5000 familias dependen del capital humano de estas operadoras.

C.    Conclusión
De este trabajo se pueden concluir los siguientes aspectos:
a)  No se evidencia una claridad de las políticas económicas del país, solo acciones aisladas que resuelven coyunturas y no lo estructural
b)  El mercado de capitales pierde uno de sus principales instrumentos de negociación en la actualidad y por ende debe recomponer su portafolio.
c)  Se genera desempleo, sino se logran nuevas alternativas de negociación en este mercado.

D.    Recomendaciones
No existe ninguna directa, salvo estar atentos a los eventos en esta materia especialmente los que dependen de este mercado.

E.     Bibliografía

Reforma de la Ley de Ilícitos Bancarios publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.975 de fecha 17 de mayo de 2010
Instructivo para realizar operaciones de compra y venta de títulos a traves del sistema de transacciones con títulos en moneda extranjera (SITME)” emitido por el Banco Central de Venezuela.
Material del Curso
El Mundo Economía y Negocios del miércoles 19.05.2010
http://www.eluniversal.com.ve/2010/05/18/eco_ava_entra-en-vigencia-re_18A3890015.shtml
Trabajo Desarrollado como parte de los trabajos de entrega para el Diplomado de Gerencia Financiera realizado en la Universidad Rafael Belloso Chacin (URBE)

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