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martes, 19 de abril de 2011

Funciones de los organismos de supervisión de los principales mercados financieros en Venezuela


A.     Introducción
El mercado financiero de la Republica Bolivariana de Venezuela está conformado por los siguientes mercados: Monetario, Cambiario, Crediticio y de Capitales. Acotando que dándole una visión más ampliada, se le deben agregar los mercados: Inmobiliarios y de Seguros. Por consiguiente, en el presente trabajo se busca orientar de manera clara las funciones de cada uno de ellos.

B.    Desarrollo
Para dar inicio al desarrollo de este trabajo se pueden identificar los principales organismos públicos que supervisan las actividades que participan en el Mercado Financiero Venezolano, los cuales se indican a continuación:
1)     Asamblea Nacional Legislativa (ANL)
2)     Banco Central de Venezuela (BCV)
3)     Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)
4)     Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)
5)     Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN)
6)     Comisión Nacional de Valores
7)     Superintendencia de Seguros
8)     Banco Nacional de Vivienda y Habitad (BANAVIH)

Seguidamente y haciendo uso de la información disponible en la Web World Wide (WWW), se detallan para cada uno de estos organismos sus principales funciones asociados al mercado en el que participan:

1)     Asamblea Nacional Legislativa (ANL)
La ANL, más allá de un proceso de supervisión o funciones directas, dispone de una función general que es regulara a cada uno de estos organismos que forman parte del Mercado Financiero, por intermedio de las leyes que se dictan en su seno para enmarcar de manera adecuada el funcionamiento de estas instituciones y según la opinión del autor de este trabajo, su condición de supervisión, se presenta cuando a través de la observación directa o por denuncias de la colectividad en general, se determina la necesidad de legislar de forma directa con nuevas leyes o por modificación de las existentes.

2)     Banco Central de Venezuela (BCV)
El BCV según lo investigado dispone de injerencia en la totalidad de los integrantes del mercado financiero, con mayor énfasis en los monetario, crediticio y cambiario. Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.bcv.org.ve/, sus funciones son las siguientes funciones:
a)  Formular y ejecutar la política monetaria.
b)  Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
c)  Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
d)  Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
e)  Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
f)   Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la República.
g)  Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.
h)  Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
i)    Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
j)    Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
k)  Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
l)    Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
m) Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.
n)  Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.

3)     Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)
Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.fogade.gov.ve/, FOGADE es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los bienes de la República, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa. Su objetivo es Garantizar los depósitos del público existentes en los bancos, entidades de ahorro y préstamo, y demás instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y ejercer la función de liquidador de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, demás instituciones financieras y sus empresas relacionadas no financieras.
Sus funciones principales están destacadas en la Misión y Visión las cuales se describen a continuación:
MISIÓN
El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de la Hacienda Pública Nacional, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa, y se rige por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.947 Extraordinario, en fecha 23 de diciembre de 2009; siendo su principal función:  Garantizar los depósitos del público mantenidos en bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, mediante la ejecución de acciones orientadas a la administración eficiente de los recursos y otros bienes de su propiedad. Así como ejercer la función de liquidador de bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras, y sus empresas relacionadas no financieras, todo ello conforme a lo establecido por el Ordenamiento Jurídico vigente, a fin de contribuir con la confianza y estabilidad en el Sistema Financiero Nacional.
VISIÓN
Consolidarse como un Organismo técnico, autónomo y proactivo, con personal calificado, motivado y con sentido de pertenencia. Se proyecta, a través de sus logros, como una institución de gran credibilidad, estima y respeto de la opinión pública y de los entes relacionados, manteniendo una comunicación continua y colaboración recíproca con el sistema financiero que permitirá su seguimiento y control en términos de eficiencia, para garantizar y proteger con solidez y confianza los depósitos del público.



4)     Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)
CADIVI, dispone de una participación directa en la regulación y supervisión del Mercado Cambiario. Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.cadivi.gov.ve, es el ente rector de la administración del mercado monetario venezolano, a través de la asignación de divisas en moneda extranjera para suplir las necesidades de operaciones cambiarias del sector público y privado. Mas claramente se puede indicar lo siguiente: “Cadivi nace con la misión de administrar con eficacia y transparencia, bajo criterios técnicos, el mercado cambiario nacional y asume el reto de contribuir con su buena ejecutoria y el concurso de otras políticas, al logro de la estabilidad económica y el progreso de la Nación, consagrados como principios soberanos en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela”, según http://www.cadivi.gov.ve, tomado el día 21.05.2010. Sus funciones se pueden deducir de la divulgación de su misión y visión las cuales se indican a continuación:
Misión, administrar, coordinar y controlar la ejecución de la política cambiaria del Estado venezolano, con el propósito de contribuir al desarrollo integral de la Nación y al fortalecimiento de nuestra soberanía.
Visión, ser una organización modelo de gestión en administración, coordinación y control de la política cambiaria del Estado venezolano, a partir de la integración del talento humano y el factor tecnológico.

5)     Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN)
Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.sudeban.gob.ve/, SUDEBAN, es un organismo autónomo, de carácter técnico y especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, que tiene como función principal supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, con el objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano.
La Superintendencia de Bancos debe ejercer inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales, con Leyes Especiales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y Entidades de Ahorro y Préstamo.
Así mismo, la Superintendencia de Bancos debe poner en práctica medidas preventivas en caso de ser detectadas irregularidades en el manejo de alguna entidad bancaria. También se encarga de reglamentar y supervisar la implementación de regulaciones para las fusiones bancarias, constitución de provisiones bancarias, normativas para presentar y registrar las informaciones financieras, supervisión preventiva, mecanización de la información, entre otros aspectos.

6)     Comisión Nacional de Valores (CNV)
Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.cnv.gob.ve/, La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Venezuela es un organismo público, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, facultado por ley para la regulación, vigilancia, supervisión y promoción del mercado de capitales venezolano. Los objetivos de la CNV son velar por la transparencia del mercado de valores y la protección de los inversores, asegurando la mayor difusión de información financiera y el cumplimiento, por parte de los entes intermediarios y emisores del mercado, de estándares internacionales de actuación y conducta y de los principios de buen gobierno. Los entes antes indicados son los siguientes:
a)  Empresas emisoras.
b)  Entidades de Inversión Colectiva de Capital Cerrado (Turísticas) y Entidades de Inversión Colectiva de Capital Abierto (Inmobiliaria) y sus sociedades administradoras.
c)  Casas de bolsa/ sociedades de corretaje, corredores públicos de títulos valores, asesores de inversión, contadores inscritos ante el Registro Nacional de Valores.
d)  Bolsas de valores, bolsas de productos agrícolas, cajas de valores, calificadoras de riesgo, agentes de traspaso, cámaras de compensación de opciones y futuros
Seguidamente se enumeran las atribuciones de la CNV:
1.  Autorizar la oferta pública de valores emitidos por empresas constituidas en el país.
2.  Autorizar la oferta pública, fuera del territorio nacional, de valores emitidos por empresas constituidas en el país.
3.  Autorizar la publicidad y prospectos de emisiones de oferta pública.
4.  Autorizar y supervisar la actuación de bolsas de valores, corredores públicos de títulos valores y demás entes intermediarios.
5.  Inscribir los valores objeto de oferta pública.
6.  Resguardar los intereses de los accionistas y, en especial, los minoritarios.

7)     Superintendencia de Seguros
De acuerdo con lo indicado en http://www.sudeseg.gob.ve/, La Superintendencia de Seguros es el ente llamado a ejercer, en forma proactiva, las funciones de regulación, supervisión, fiscalización, control y en general las requeridas para lograr un sector asegurador sano, competitivo y responsable. Lo que permite concluir su clara supervisión del mercado de seguros de Venezuela.
Seguidamente se puede identificar que las funciones de esta superintendencia están, claramente tipificadas en la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 4.882, Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 1994:
Artículo 6°: La Superintendencia de Seguros tendrá a su cargo la inspección, supervisión, vigilancia, fiscalización, regulación y control de la actividad aseguradora y en especial de las empresas de seguros y de reaseguros constituidas en el país, de los productores de seguros, de los ajustadores de pérdidas, de los peritos avaluadores, de los inspectores de riesgos, de las sociedades de corretaje de reaseguros y de las representaciones de empresas de reaseguros constituidas en el exterior.
Artículo 7°: Estarán también bajo la vigilancia y fiscalización de la Superintendencia de Seguros las organizaciones que tengan por objeto la prestación de servicios de financiamiento a los usuarios de la actividad aseguradora, cualquiera que sea su configuración jurídica, siempre que no estén regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
Artículo 12°: La Superintendencia de Seguros tendrá facultad para investigar o inspeccionar cualesquiera hechos, actos o documentos relacionados con la actividad de:
·      Las Empresas de Seguros
·      Las Empresas de Reaseguros constituidas en el país
·      Los Productores de Seguros
·      Los Peritos Avaluadores
·      Los Ajustadores de Pérdidas
·      Los Inspectores de Riesgos
·      Las Sociedades de Corretaje de Reaseguros establecidas en el país
·      Los Representantes de las Empresas de Reaseguros del exterior
Si en el ejercicio de tales facultades se observaren o comprobaren infracciones a esta Ley o a sus Reglamentos, se dejará constancia por medio de acta que se levantará al efecto. Las actas levantadas por la Superintendencia de Seguros de acuerdo con esta Ley tendrán valor probatorio al ser presentadas ante los Tribunales

8)     Banco Nacional de Vivienda y Habitad (BANAVIH)
Dentro del ámbito del mercado inmobiliario se encuentran una serie de leyes que regulan este aspecto y quizás el organismo que se evidencia con mayor énfasis publico es el BANAVIH, estando esto ampliamente vinculado al mercado primario de construcción de viviendas, quedando los mercados secundarios de compra venta, así como de arrendamientos inmobiliarios bajo la supervisión de varios organismos públicos. Según la información recabada de la página web oficial de la institución, http://www.banavih.gob.ve/, El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat es un ente de naturaleza financiera, con personalidad jurídica, patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, autonomía organizativa, funcional y financiera, adscrito al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de vivienda y hábitat, es decir, el Ministerio del Poder Popular para las Obras Publicas y Vivienda (MOPVI).
El BANAVIH, presenta los siguientes lineamientos estratégicos, los cuales delinean claramente las funciones del mismo:
a)  Impulsar el Fortalecimiento y Modernización Institucional
b)  Ejercer la administración centralizada de todos los recursos financieros del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat (SNVH).
c)  Planificar, promover y financiar, en el mediano y corto plazo, el desarrollo de  los programas y proyectos que contribuyan al desarrollo del SNVH.
d)  Ejercer un efectivo Seguimiento y Control Físico – Financiero de los recursos del SNVH

C.    Conclusión
Se concluye que el mercado financiero dispone de suficientes leyes, reglamentaciones y disposiciones que permitan a través de los organismos competentes disponer de una sana gestión en esta materia en pro de la igualdad y equidad de acciones hacia todos los actores de la sociedad.

D.    Recomendaciones
Quizás poder satisfacer el esquema de presentaciones de trabajo impartidas para este diplomado, con la pregunta de arranque de este trabajo, pueda  dejar un vacio al autor, porque que puede recomendarse ante esta investigación. Por consiguiente, más que recomendación es reflexión, se puede observar que el mercado financiero venezolano presenta una robusta legislación y organismos suficientes para que se consolide de manera adecuada y dentro de un ambiente de probidad absoluta, queda por parte de los actores del poder ejecutivo analizar si las acciones que se están desplegando son las más idóneas a los objetivos comunes del país y si las mismas están enmarcadas dentro de los principios de ética y moral para la construcción de un mejor país para todos los venezolanos. Por supuesto, también queda a la validación de la sociedad venezolana si las actividades desplegadas en el mercado venezolano es la mejor.

E.     Bibliografía

http://www.sudeseg.gob.ve/
http://www.banavih.gob.ve/
Material del Curso, Modulo I, Diplomado de Gerencia Financiera, URBE
Trabajo Desarrollado como parte de los trabajos de entrega para el Diplomado de Gerencia Financiera realizado en la Universidad Rafael Belloso Chacin (URBE)

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